Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE LUGAR, la Apelación, formulada por el Abogado, Abogado Wilfredo Jesús López; quien está inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 48.643, en su carácter de apoderado judicial de la parte Actora contra la Sentencia, dictada por el por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, dictada en fecha Once (11) de Mayo del año 1998, que declaro "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda intentada, en consecuencia queda Confirmada la Sentencia Recurrida. Ordenándose a la entidad federal Cojedes al pago a los herederos legitimo del actor, de la diferencia de ocho (8) años referentes a las Prestaciones S.....