CAPÍTULO III
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación de fecha 25 de mayo de 2006, interpuesta por el abogado Jorge Carlos Rodríguez Bayone, en su carácter de autos, contra la decisión dictada por el tribunal a-quo. Segundo: MODIFICA la decisión de fecha 22 de mayo de 2006, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual declaró extemporánea la oposición a la admisión de las pruebas promovidas por la parte actora, en consecuencia, declara: SIN LUGAR la oposición a la prueba promovida por la actora, marcada "A"; CON LUGAR la oposición a las pruebas promovidas por la actora, marcad.....