III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: HOMOLOGA la transacción celebrada en el presente juicio por Daño Material, Daño Moral, Daño Emergente y Lucro Cesante derivados de Accidente de Tránsito, entre el ciudadano José Gregorio Mercado Castillo, parte demandante, y la sociedad mercantil Distribuidora y Transporte de Combustible de Santolo, S.A., parte demandada, y la sociedad mercantil C.A. de Seguros American Internacional, cita en garantía, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada. En tal sentido, se ORDENA la remisión del expediente a su tribunal de origen, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del E.....