CAPÍTULO V
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONFIRMA la sentencia de fecha 06 de febrero de 2008, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual declaró sin lugar la demanda por Nulidad de Contrato de Compra-Venta, seguida por el ciudadano José Gregorio Infante Padrón, contra la ciudadana Argea Mujica Chandia. Segundo: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano José Gregorio Infante Padrón, en su carácter de autos, contra la decisión de fecha 06 de febrero de 2008, proferida por el tribunal a-quo. Tercero: Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del .....