III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONFIRMA, la decisión de fecha 31 de enero de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual, declaró sin lugar la cuestión previa de prejudicialidad, contenida en el ordinal 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, invocada por la ciudadana Ingrid Carolina Guirados, actuando en su carácter de directora administrativa de la compañía PGV, C.A.; en el juicio por Cumplimiento de Contrato (apelación de sentencia interlocutoria), intentado por el ciudadano Mario Eliécer Villegas, contra la sociedad mercantil PGV, C.A. Segundo: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la ciudadana Ingrid Carolina .....