III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la ciudadana Julia Rosa Reyes Piñero, contra la decisión de fecha 16 de diciembre de 2010, dictada por el tribunal de la causa. Segundo: REVOCA, la decisión de fecha 16 de diciembre de 2010, dictada por el Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual, declaró inadmisible la solicitud de Perpetua Memoria y, en consecuencia, declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos Mercedes Reyes Piñero, Julia Rosa Reyes Piñero y Juan Alberto Reyes Piñero, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos del causante Juan Alberto Reyes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Proced.....