DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con Competencia en el Territorio de los estados Cojedes, Aragua y Carabobo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares ejercido por Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA BARRERA. inscrita en el Registro Mercantil llevado por el entonces Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el N° 1.523, en fecha 13 de Agosto de 1964, domiciliada en el Estado Carabobo, por medio de los apoderados judiciales Ángel Márquez Rodríguez y Desirée Rodríguez Betancourt, titulares de las Cédula de Identidad Nº V- 13.548.850 y V-14.251.007 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 101.492 y 101.491, en contra del Acto Administrativo dictado.....