DECISION
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con Competencia en el Territorio de los estados Aragua, Carabobo y Cojedes, de conformidad con lo establecido en los artículos 167, 168 y 178 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la oposición planteada por la representación judicial del ente recurrido y en consecuencia se levanta la Medida Oficiosa Preventiva de Protección a la Continuidad de la Producción Bovina Doble Propósito (pecuaria) y en virtud de ello REVOCA la Medida Cautelar Provisional de Suspensión Parcial de Efectos del Acto Administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras en sesión 220-09 de fecha 22 de enero de 2009, punto de cuenta 002, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley de Tierras y Desarrollo Ag.....