DECISION
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con competencia en el Territorio de los estados Cojedes, Aragua y Carabobo, con sede en San Carlos, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por los profesionales del derecho HECTOR GAMEZ ARRIETA, GUAILA RIVERO MONTENEGRO Y RHAYWAL PARRA AGUIAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2.769, 35.290, 133.757 respectivamente, actuando en su carácter de apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL LAS GUAYAS S.R.L, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha catorce (14) de octubre de 1975
2. ADMITE el presente recurso contencioso administrativo de anulación conforme a lo establecido en el artículo 174 de la Ley de Ti.....