D I S P O S I T I V A
Con fuerza en la motivación anterior esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ELÍAS COROMOTO CAMACHO VELÁSQUEZ, en su carácter de Defensor Privado del imputado de autos NICOLAS RAMON NIEVES, en contra de la decisión dictada en fecha 27 de Enero de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia se CONFIRMA la decisión impugnada en todo y cada una de sus partes. Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese esta decisión. Déjese copia autorizada de la misma. Notifíquese a las partes Remítase el presente cuaderno especial, anexo a oficio, al Juzgado de origen.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, a los _____________.....