VII
D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Accidental N° 16-16 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ABOG. IVIS SONALY NAVARRO, FISCAL PROVISORIO DE LA FISCALÍA SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO COJEDES, en contra de la decisión dictada en fecha 31 de octubre de 2016, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa identificada con el alfanumérico HP21-P-2014-0040000, seguida en contra del ciudadano JOSÉ ANTONIO PÉREZ NOGUERA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, mediante la cual decretó el decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de liberad que pesaba sobre.....