IV
DISPOSITIVA
En mérito de lo antes expuesto, este Juez Superior I de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, por unanimidad, Administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, salvaguardando el derecho constitucional de las partes a un juez imparcial, principio consagrado en el artículo 49 numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: DECLARA CON LUGAR la INHIBICION propuesta por el ciudadano Juez II de la Corte de Apelaciones, FRANCISCO COGGIOLA MEDINA, en el asunto signado bajo el Nro. HP21-R-2017-000132, contentivo del recurso de apelación de sentencia presentado por la Abogada Melissa Malpica, Defensora Pública Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, AGAVILLAMIENTO, VIOLACIÓN Y HURTO DE VEHÍCULO, con fundamento en la causal prevista en el artículo 89 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y ACUER.....