D E C I S I O N
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Hortencia Jacqueline Aponte, Defensora Privada del encausado. SEGUNDO: ANULA PARCIALMENTE la sentencia dictada por la recurrida el 22 de noviembre de 2006y publicada en su texto integro el 14 de diciembre del mismo año (2006), mediante la cual se condenó al ciudadano OMAR ALFONSO SOLANO, y de todas las actuaciones posteriores de conformidad con los artículo 49 constitucional, 190, 191, 195, y 196, 210 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: ORDENA previa la distribución respectiva, la celebración de un nuevo juicio oral y público ante otro Tribunal Mixto constituido con Escabinos y Juez Profesional que lo presida de este mis.....