VII
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Declara Con Lugar el recurso de apelación de autos con efectos suspensivo, interpuesto por el ciudadano Abg. Jesús Omar Superlano, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal, de fecha 12 de Enero de 2012, mediante la cual se acordó decretar, la Medida Cautelar Sustitutiva de Presentación Periódica cada ocho (08) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, prohibición de salida del Estado Cojedes, la prohibición de acercarse por si mismo o por interpu.....