II
D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN, propuesta por la ciudadana ABOGADA NELVA ESTHER VALECILLOS ALVARADO, en su condición de Jueza Titular de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, de conformidad con lo establecido en el artículo 86, numerales 4° y 6°, en relación con lo establecido en lo artículos 87, 88 y 89, y el artículo 94 todos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se aparta del conocimiento de este asunto la Jueza antes mencionada, ordenándosele, al Juez a quien se haya remitido la causa principal, seguir conociendo de la misma, y se acuerda oficiarlo sobre el contenido de la presente decisión, dando cumplimiento a la Decisión con carácter V.....