DISPOSITIVA
De conformidad con los razonamientos antes expuestos; esta Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la ciudadana Abogada Diomires Margarita Escobar, en su condición de Defensora Privada. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal, en decisión de fecha 19 de Enero de 2015, y publicado el auto motivado en fecha 29 de Enero de 2015, en la causa seguida en contra de los ciudadanos YONAIRO ANTONIO HIDALGO GUEVARA y SIMÓN JESÚS RAMOS GUEDES, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN EN GRADO DE CÓMPLICE NECESARIO, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, AGAVILLAMIENTO, PORTE ILÍ.....