DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, ESTA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ACTUANDO EN SALA ÚNICA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: DECLARA: PRIMERO: Con Lugar el presente recurso de apelación interpuesto por la abogada Hortensia Jacqueline Aponte; SEGUNDO: La Nulidad de la Sentencia recurrida, dictada en fecha 31 de julio de 2003, a la cual se dio lectura al texto íntegro en fecha 03 de octubre de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, en la cual condenó a la encausada Maritza Coromoto Licón, plenamente identificada, a cumplir la pena de veinte (20) años de prisión por la comisión del delito de Trafico de Estupefacientes, tipificado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas con el agravante del nume.....