DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto y SEGUNDO: Confirma la decisión recurrida dictada en fecha 31 de enero de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, mediante la cual decreta medida judicial de privación preventiva de libertad contra los imputados Hernán Gabriel Vivas Lara por la presunta comisión de los delitos de robo agravado en grado de tentativa y resistencia a la autoridad, previstos y sancionados en los artículos 458, 218 en relación con el 80 todos del Código Penal y en contra de Raul Antonio Velásquez, por la presunta comisión de los delitos de robo agravado en grado de tentativa, homicidio calificado en grado de frus.....