DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Ana Edilia Romero Coronel, en su condición de Defensora Pública Penal del imputado de autos ciudadano Jaime Antonio Sánchez, pues la decisión del A quo se encuentra ajustada a derecho; SEGUNDO: Confirma la decisión dictada por la recurrida en fecha 13 de noviembre de 2007, mediante el cual decreta la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del imputado de autos ciudadano Jaime Antonio Sánchez. Así se decide.
Regístrese, notifíquese, déjese copia certificada y remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Tribunal de origen.
Dada, firmada y sellada en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, el día ocho (08) de.....