VI
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ABOG. OLIS AYARIS FARÍAS VILLARROEL, DEFENSORA PÚBLICA PENAL, contra la decisión dictada en fecha 04 de diciembre de 2014, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 04, San Carlos, estado Cojedes, en la causa identificada con el alfanumérico HP21-P-2012-005508, seguida en contra de los mencionados ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE COLECTIVO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE BLANCA. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada en los términos expresados en la parte motiva del presente fallo.