En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE la apelación interpuesta por la Abogada, INGRID BRIGITTE PEREZ MARTINEZ en su carácter de Defensora Publica Primera Especializada para el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de Octubre de 2011, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó Admitir parcialmente la Acusación presentada por el Ministerio Público, así como también imponer las medidas cautelar establecida en el articulo 582 literal “c” de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes al adolescente Bajo el .....