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D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Accidental Nº 05 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ABG. JESÚS ANTONIO ALCALÁ TOVAR, apoderado judicial de la ciudadana NORBELIS COROMOTO MEZA MALUENGA, en contra la decisión dictada en fecha 26 de Abril de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada por el aquo, mediante la cual NIEGA la entrega del vehículo con las siguientes características: Serial de Carrocería: JTB11VNJ010211153; Serial de Motor: 5VZ1279386; Marca: TOYOTA; Modelo: 4RVNNER 4X2; Color: AZUL; Año: 2001; Clase: CAMIONETA; Tipo: SPORT¬ WAGON; Uso: PARTICULAR, PLACA: FA071M. Así se declara.
Queda así resuelto el recurso de apelación ej.....