VIII
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, éste JUZGADO PRIMERO (1°) SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, CON SEDE EN LA CIUDAD DE PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano ERNESTO HURTADO VILLALOBOS, abogado en ejercicio, e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 182.902, en su carácter de Apoderado Judicial de la Entidad de Trabajo VENEZOLANA DE PRERREDUCIDOS CARONI, C.A., (VENPRECAR), inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de septiembre de 1989, bajo el Nº 35, Tomo 97-A-Sgdo, en contra de la sentencia de fecha dos (02) de octubre de 2015, dictada por el Tribunal cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Se C.....