INADMISIBLE la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la sociedad mercantil INSTAELECTRIC GUAYANA C.A., en contra de los actos administrativos contenidos en la comunicación HB/GGPC-042-2007, de fecha 06 de marzo de 2007, emanada del Gerente General de Proyecto y Construcción de HIDROBOLIVAR C.A., mediante la cual le notificó que la paralización de la obra: Adecuación de Acueducto Macagua San Félix, Municipio Caroní del estado Bolívar, era motivado a la apertura de procedimiento de rescisión del contrato N° INVI-387-2005, y en la comunicación GST-CE-068, de fecha 22 de mayo de 2007, emanada del Gerente de Servicios Técnicos de INVIOBRAS BOLIVAR, notificándole que dicha Gerencia estaba considerando iniciar proceso de rescisión del contrato N° INVI-387-2005, referente a la mencionada obra.