Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano ANDRES ELOY BLANCO GONZALEZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.364.022, el cual falleció en fecha 17/04/2021, en el Hospital Uyapar, Municipio Caroní, del Estado Bolívar, a consecuencia de ENFERMEDAD VASCULAR CEREBRAL, TROMBOEMBOLISMO PULMONAR, NEUMONIA POR COVID-19, INSUFICIENCIA RESPIRATORIA TIPO 2, según acta de defunción Nro.....