Este Tribunal considera que el delito imputado por la Fiscal del Ministerio Público, quien encuadra la conducta desplegada por el adolescente imputado dentro del tipo penal que configura el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, se encuentran acreditados en los siguientes elementos de convicción: 1.- Del acta policial de fecha 26-05-2007.- 2.- Denuncias interpuestas por los ciudadanos ....................cursantes a los folios 06, 07 y 08 de las actuaciones.- 3.- Las Actas de Entrevistas de los ciudadanos .........., que riela a los folios 09, 10 y 11 de las presentes actuaciones; 4.- Planilla de cadena de custodia cursante al folio 13. Por todo ello es por lo que este Tribunal acuerda que la presente se siga por vía del procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de que la Fiscalia del Ministerio Público continúe.....