Por otra parte, para entrar a considerar si en el hecho hubo "Dolo Eventual" o solo una conducta "Culposa", como señala el recurrente en su escrito de impugnación, este Tribunal de Alzada deja asentado de que no puede determinarse en esta etapa del sumario, sino cuando se activa el proceso de investigación, y como quiera que se activo el procedimiento ordinario, para lo cual se prevé que una vez que se presente el respectivo acto conclusivo y su posterior evaluación por el Órgano Jurisdiccional, con los argumentos de la defensa, en donde puede suceder una visión mucho mas clara de la "verdad", como principio finalista del proceso, se obtendrá una presunción de lo acontecido, ya que de otra forma se caería en el campo meramente especulativo en cuanto al sostenimiento de la razón.
A criterio de esta Sala si bien es innegable el principio del estado de libertad acaece de la prerrogativa del derecho a la libertad personal que se tiene inherente a cualquier ser humano de l.....