DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Declara LA NULIDAD DE OFICIO de la decisión dictada en fecha 22 de Abril de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó negar la entrega del vehículo solicitado por el recurrente cuyas características son: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: BUICK, MODELO: CENTURY, AÑO MODELO: 1991, COLOR: PLATA, PLACA: AB625AL, SERIAL DE CARROCERIA: 4H69EMV310899, SERIAL N.I.V.: 4H69EMV310899, SERIAL DEL MOTOR: EMV310899, USO: PARTICULAR, SERVIVIO: PRIVADO, Nro: PUESTOS: 5, TARA: 1320, Nro. EJES: 2, CAP. CARGA: 450. SEGUNDO: Se ANULA el fallo impugnado dictado en fecha 22 de Abril de 2015, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Con.....