DISPOSITIVO
Por todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Constitucional del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares propuesta por la sociedad mercantil MONSURVEN, C.A. en contra de la sociedad mercantil HPC VENEZUELA, C.A., en consecuencia, se ordena a la empresa demandada a pagar a la demandante la cantidad de Bs. 0,000023584, monto éste obtenido luego de deducir el total de las sumas pagadas por HPC VENEZUELA, C.A. a MONSURVEN, C.A.
SEGUNDO: Se ordena de oficio la corrección monetaria de la suma condenada a pagar en el particular primero, calculada conforme a los índices de precios al consumidor para el área Metropolitana de Caracas, emitidos por el Banco Central de Venezuela, a.....