Este Juzgado, Mediante RESOLUCIÓN Nº PJ0822016000623, se dictó sentencia definitiva, declarando como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: JOSE MANUEL OLIVARES ORTUÑEZ, venezolano, mayor de edad,Cédula de Identidad Nº V-10.041.235, al adolescente ROSNIEL JOSE OLIVARES MENDOZA, de doce (12) años de edad, a los ciudadanos JOSE ALBERTO OLIVARES CAÑAS, BELKIS JOSEFINA OLIVARES CAÑAS, RUTH MILDRED OLIVARES MENDOZA, RONAL MANUEL OLIVARES MENDOZA y a la ciudadana MILVIDA GREGORIA MENDOZA de OLIVARES, en su condición de hijos y cónyuge con respecto al referido De Cujus.