Este Tribunal Penal Tercero de Juicio, Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con el artículo 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE a los ciudadanos SANTO DOMINGO MARTINEZ Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° 17.658.379, domiciliado en Guarataro, Calle Maracay, casa S/N° cerca de un Liceo, Ciudad Bolívar y LUIS RAMON OCHOA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal N° 14.516.938, domiciliado en el Barrio Bicentenario, Calle Luchador, casa N° 30 de esta Ciudad, de la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal. Acordándose en consecuencia su libertad plena desde esta Sala de Audiencias, quedando sin efecto la Medida Sustitutiva de Libertad que había sido impuesta por el Tribunal Tercero de Control en fecha 21/07/2006 y .....