Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado JUAN CARLOS QUIJADA HURTADO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa CONSORCIO ALTAMIRA, parte demandada en el juicio principal, en contra de la abogada ZURIMA FERMIN DIAZ, en su condición de Juez Titular del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, surgida en el juicio de INTIMACION seguido por TRANSPORTE Y MULTISERVICIOS OSMER, C.A. contra la empresa CONSORCIO ALTAMIRA, ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Proc.....