En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE PARA CONOCER del juicio de LIQUIDACION Y PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, propuesto por la ciudadana MHAIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ SARTI, contra el ciudadano HENRY ALEXANDER VARILLAS MARQUEZ, identificados ut supra, al TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y CON COMPETENCIA EN EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO, a cargo de la abogada LOLIMAR GARCIA HURTADO; todo ello de conformidad con las disposiciones legales y jurisprudenciales ya citadas y los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR la Regulación de Competencia solicitada por el referido Tribunal.....