En consecuencia de lo cual este Tribunal, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, la cual se acuerda remitir a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, a los fines de que sea distribuida entre los Juzgados Ejecutores de Medidas de los Municipios Iribarren Crespo y Urdaneta, sobre el inmueble constituido por un galpón ubicado en la calle 40, esquina de la carrera 18, distinguido con el Nº 18-42 de la nomenclatura municipal, en jurisdicción del Municipio Iribarren del estado Lara , y alinderado así: NORTE: en línea de 19,90 metros con terrenos ocupados por Rafael Colmenarez. SUR: en línea de 18,65 metros con la carrera 18. ESTE: en línea de 28,25 metros con la aclle 40, y OESTE: en línea de 29,28 metros con terrenos ocupados por Hilda P. de Villanueva. Ordenándose en este acto nombrar depositario judicial, a quien se la hará entrega del inmueble. Líbrese el oficio respectivo.