En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la INHIBICIÓN propuesta en fecha 29 de Abril de 2009, por la abogada ZURIMA J. FERMIN DIAZ, en su condición de Jueza Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpusiera la sociedad mercantil INFIORCA BIENES INMUEBLES COMPAÑÍA ANONIMA, en contra de los ciudadanos JOSE GREGORIO PUERTA RONDON y MAGALY DEL CARMEN MUÑOZ, llevado por ese Tribunal. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales y doctrinarias citadas, y los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 12, 15, 88, 242, 2.....