este JUZGADO TERCERO DEL PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, los reparos graves opuestos por el Abogado RICARDO ANTONIO DELGADO VICTORA, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 300.533, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadanos JORGE LUIS DE ABREU CARIELES Y JORGE LEONARDO DE ABREU CARIELES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-19.166.977 y V-19.166.978, al informe de Partición presentado por el ciudadano JOSE LEONARDO GARCIA COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.447.799, en su carácter de Partidor, en la presente causa. En consecuencia:
SEGUNDO: Se declara CONCLUIDA la presente PARTICIÓN, una vez quede firme la misma.
TERCERO: Déjese copia certificada de la ref.....