este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por la parte demandante recurrente, en contra de la decisión de fecha 10/06/2011, dictada por el Tribunal Décimo (10mo) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, Como consecuencia de ello se ordena al Tribunal Décimo (10mo) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, dar inicio a la audiencia preliminar, recibir las pruebas de la parte demandante, y vista la incomparecencia de la parte demandada y por ser la misma una empresa donde el estado venezolano tiene interés en ella, remitir al tribunal de juicio para que se proceda con el proce.....