En fecha 19/01/2011, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la acción intentada por cobro de acreencias laborales, que demandaran los ciudadanos LISANA BELLO, LAURA RIVERO, HERNANDEZ MARIELA, BARRETO HERNANDEZ GERMIN, ROMERO EDITO, MANUEL GARCÍA, ARGENIS BELLO, RAMÓN PERDOMO, KARINA HERRERA y VIRGILIO LEZAMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº. V- 17.764.001, 18.787.768, 26.225.887, 17.068.694, 16.617.999, 8.313.513, 4.899.532, 8.918.658, 11.516.617 y 8.521.378, respectivamente, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PADRE PEDO CHIEN DEL ESTADO BOLÍVAR.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el Artículo 64 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la notificación del Síndico Procu.....