Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la ACCION POSESORIA POR PERTURBACIÓN, intentada por el Ciudadano FLORENCIO AGUIRRE, contra el ciudadano RAFAEL EDUARDO BOLÍVAR CONDE. SEGUNDO: Dada la naturaleza del caso no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE.
Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil diez (2010). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Abg. KARI.....