DIPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación (f.34 del presente expediente) ejercida en fecha 29 de Noviembre de 2005, por la parte demandante la sociedad mercantil MINERA HECLA VENEZOLANA, C.A., a través de su co-apoderada judicial, abogada MARIANNE S. GIUSTI C.., en contra del auto de fecha, 25 de Junio de 2005, (folios 29 al 33) dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de este Circuito y Circunscripción Judicial, en las presentes actuaciones contentivas de la demanda que por INTIMACION DE ENTREGA DE LOS AUTOBUSES MARCA MERCEDES BENZ, modelo Aga Master, año 2.002, color: multicolor, serial chasis: 9BM3820332B23369.....