Se dictó RESOLUCION JUDICIAL Nº: PJ0242009000417 de la celebración de la Audiencia de Presentación en contra del Ciudadano: Erick Carreño Ramírez, por lo que luego de escuchada la precalificación fiscal siendo ésta el delito de Violencia Física Agravada , lo manifestado por la Víctima, lo dicho por el Imputado y lo alegado por la Defensa Pública, este Tribunal admite la precalificación del delito de Violencia Física Agravada, por lo que considera necesario decretar una Medida Cautelar de las establecidas en el artículo 256 ordinal 3º del COPP con presentaciones cada 10 días ante la Oficina de Alguacilazgo, Medidas de Seguridad de las establecidas en los ordinales 5º , 6º y 13º del artículo 87 de la ley especial que rige la materia, así como la Práctica de Evaluación Psicológica al Imputado, que la presente causa se siga por el Procedimiento Especial y Copia a las Partes.-