DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por los ciudadanos JULIO VALE MARTÍNEZ y LILINA CALLIGARO, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 124.274 y 125.892 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ALCIDES CAMPOS, LUIS MARCANO, JOSE MATA y JESÚS MALAVER, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-5.478.778, V-5.898.069, V-9.950.643 y V-5.473.212 respectivamente, en contra de la Providencia Administrativa Nº 2010-0685, de fecha 29 de Octubre de 2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo ".....