En fecha 16/06/2011, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el Ciudadano: LUIS FIGUERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 11.995.700, en contra de la sociedad mercantil CENTRO HIPICO JUEGOS MAR, C.A., por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación laboral.
SEGUNDO: No se condena en costa a la parte demandada de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.
Se condena a la demandada a cancelar al demandante:
.- La cantidad de Bs. 13.592,95, por concepto de vacaciones, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo. Así se establece.
.- La cantidad de Bs. 8.....