Se admite parcialmente la acusación interpuesta por la Representante del Ministerio Publico, en contra del imputado: VIOLENCIA FISICA y VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previstos y sancionados en el artículo 42 y 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de las adolescentes (se omiten datos por razones de ley) de 16 y 14 años