Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO incoada por la ciudadana: Yonaide Josefina Manrique Mogollón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.467.325, actuando en su carácter de madre de la niña: (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), en consecuencia, ordena corregir el Número de Cédula de Identidad del padre, ciudadano Aníbal de Jesús Jiménez, como E-84.364.821, lo cual quedó probado en autos, para que así quede escrito en el acta de la señalada niña, expedida por el Registro Civil del Municipio Heres. Parroquia Catedral del estado Bolívar, según Acta Nº 955, de fecha 30 de mayo de dos mil cinco. Libro 2. Tomo 3. Folio 455, del Registro Civil de Nacimientos llevados por esa Autoridad durante el año 2005, de conformidad con la normativa al efecto, el artículo 12 de.....