Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la apelación ejercida por la abogada IRENE MONTIEL, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en la presente causa, contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2011, dictada por el Juzgado del Municipio El Callao del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio que por DESALOJO, tiene incoado la CORPORACIÓN ORDOÑEZ, S.A., contra el ciudadano BADIE NASSER, todos identificados ut supra; en consecuencia queda CONFIRMADA la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio El Callao del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de fecha 29 de Septiembre de 2011, inserta del folio 262 al .....