En razón de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Cicuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente demanda de DIVORCIO intentada por el Ciudadano: JOSE FRANCISCO HERNANDEZ, en contra de la Ciudadana: ROSA ELENA NUÑEZ HERNANDEZ, ambos plenamente identificados en autos por la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, relativa al abandono voluntario; en consecuencia se declara DISUELTO por DIVORCIO, el vínculo matrimonial que por ante la Prefectura del Municipio Heres del Estado Bolívar, contrajeron en fecha 25 de julio del año 1.989, acta N° 304, del Libro cuarto, tomo primero del Registro Civil de Matrimonios de ese despacho.-