or las razones antes expuestas, es por lo que este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara SIN LUGAR, la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por la ciudadana RADOYKA YELITZA MENDOZA MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-10.767.005, actuando en su carácter de Presidenta de la Instancia de Administración de la COOPERATIVA OFICINA TECNICA 2006, representada judicialmente por los abogados MARIO JOSE ALEJANDRO QUERALES SALAS y ALBERTO JOSE SILVA CASTILLO, inscritos en el I.P.S.A. bajo el Nº. 75.754 y 104.102, respectivamente, contra CONSTRUCCIONES METALICAS ATLANTICO C.A, Sociedad Mercantil inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 20 de febrero de 1984, inserta bajo el N° 46, Tomo 1 B, con domicilio en la Ciud.....