En fuerza de los razonamientos ya expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESESTIMADA LA APELACIÓN interpuesta por la abogada LIGIA HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ZAYMAR COROMOTO RAMIREZ RAMIREZ parte solicitante, de la conversión, en la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES presentada conjuntamente con el ciudadano CARLOS MIGUEL ZARRAGA FUGUET, todos ampliamente identificados ut-supra, todo de conformidad con las disposiciones legales y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.-
Queda así CONFIRMADA la sentencia de fecha 29 de julio de 2009, dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado.....