En fuerza de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo previsto en los artículos 2, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 7, 12, 15, 88, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, la inhibición planteada por la abogada ANA LUISA MARES PEREIRA, en su condición de Jueza del Tribunal Tercero del Municipio Accidental Ordinario y Ejecutor de Medidas del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, debiendo seguir conociendo de la presente causa de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL que interpuso la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES C.M. C.A contra la SOCIEDAD MERCANTIL DISTRIBUIDORA CALZADOS EDEN, C.A., en base a la argumentación expuesta en la parte motiva de es.....